c).-También abogamos porque las talas o sacas madereras, no se realicen simplemente con la autorización y presencia de la Guardería, si nó que después de las mismas, se retiren los restos de ramaje del lecho y cauce fluvial.
TERCERO.- La legislación actual vigente en el Principado de Asturias respecto de Sociedades Colaboradoras en materia de Pesca Fluvial; limita e impide que Asociaciones como la nuestra, asociaciones que son creadas en municipios o poblaciones que tienen la única pretensión de recuperar sus ríos, puedan acceder a subvenciones del Principado ya que, entidades de población o municipios como es Ibias, no cuentan con una población en auge que ayude a conseguir un mínimo de socios exigible tal y como lo es actualmente en RESOLUCION DE 12 DE FEBRERO DE 1997, DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LA CONCESION DE LA CONDICION DE SOCIEDAD COLABORADORA EN MATERIA DE PESCA FLUVIAL A LAS ENTIDADES Y SOCIEDADES DE PESCADORES. BOPA 05/04/97 , donde se exige un mínimo de 250 socios.

Con ello; nuestra Asociación, no puede disponer de ayudas del Principado de Asturias para actividades tan importantes como la repoblación piscícola, la limpieza de los ríos o la construcción de criaderos o centros de alevinaje entre otros muchos.
Consideramos que nuestra Asociación tal y como se establece en sus respectivos estatutos de fecha 11 de abril de 2008 y aprobados en Asamblea fundacional, por lo hechos que se exponen, carece de oportunidad o apoyo de la administración para el logro de sus objetivos ya que no se permite acceder a subvenciones al tener en la actualidad menos de 250 socios.
Paralelamente significar, que se consideran mínimas las repoblaciones por parte del principado en la cuenca fluvial de Ibias y que estas debieran de ser puestas en conocimiento de esta Sociedad, a efectos de poder llevar un estudio sobre las mismas y poder valorar el resultado obtenido a corto, medio y largo plazo. No obstante; de poco o casi nada sirven las mismas, si como se dice, no se atacan factores negativos sobre ellas como los cormoranes, la nutria, los vertidos y la limpieza forestal en las márgenes.
Consecuentemente a todo cuanto es objeto de exposición en la presente
SE SOLICITA:
1º.-RETIRADA DEL “Coto Zona libre de Pesca sin muerte” de Ibias y en su lugar establecerlo como zona libre total y con muerte .-
2º.-Creación de VEDADO TOTAL y por periodos de 2 años en diferentes tramos del río Ibias, de forma que intermitentemente se puedan producir paradas de reposo y descanso sobre la población fluvial, ayudando con ello al incremento de la población. Dichos vedados no debieran de superar el 1,500 km.-
3º.-Estudio por parte de los servicios de ese departamento; del nivel de fauna y alimañas que atacan e impiden que aumenten las truchas en los ríos de Ibias y actuación inmediata sobre la misma.
4º.-Retirada inmediata de los sistemas de cierre de alambre con espinos instalados dentro de las zonas de servidumbre de los pescadores.-
5º.-Señalización clara y en todas las vías de acceso, de carteles indicadores de vedado y de tramos libres.-
6º.-Limpieza de masa forestal y vegetación de las márgenes de los siguientes ríos:
Ibias, A Viouga, Boiro, Teixeira, Linares, Bustelín, Luiña y Centenales.
7º.-Informe sobre el grado de contaminación o deterioro de las aguas del Ibias respecto de los trabajos derivados de la minería del carbón en el municipio de Ibias y Degaña, emprendiendo acciones legales contra la dirección de dichas minas, por los daños y perjuicios causados en sectores tales como, ganadería, agricultura, turismo, pesca, y otros deportes fluviales.
8º.- Construcción de pequeños banzados y, escalas paralelas a ellos que ayuden al paso de las truchas, facilitando la misma cantidad de entrada que de salida de las aguas e impidiendo su derivacidad.
9º.- Comunicación a esta Sociedad de Pescadores, de todas y cada una de las ediciones, disposiciones, leyes, órdenes, comunicados o cualquiera otra de carácter legal o con pronunciamiento que sea favorable para el logro de nuestros objetivos y en consonancia con sus estatutos.
10.- Repoblación urgente y en número considerable, de los ríos Ibias, A Viouga, Boiro, Teixeira, Linares, Bustelín, Luiña y Centenales.
Consideramos que no se repuebla lo suficiente ya que una población media oscilaría entre 2000 y 3000 ejemplares por hectárea, es decir en 1km de río con una anchura media de 10 metros de cauce sumergido, podrían vivir ese número de truchas y, en la actualidad y desde hace ya varios años, todos los pescadores somos conscientes de la gran regresión que estamos padeciendo en este sentido, toda vez que temporada, tras temporada, se hace imposible coger el cupo establecido, limitándose la administración únicamente a rebajarlo, sin tener en cuenta el porqué, el porqué de tal retroceso.
Actualmente ha nacido una plataforma: LA DE DEFENSA DEL RÍO IBIAS que pretende denunciar todos y cada uno de estros atropellos cometidos a nuestro medio natural. Son demasiadas puñaladas las que llevamos encima, como muchos años son los que llevamos aguantando y recibiendo bofetadas de todas aquellas personas que se creen dueñas de algo que ni les pertenece ni les va a pertenecer nunca.
La plataforma está recogiendo firmas de apoyo para luchar por la defensa y recuperación del Río Ibias. Todo aquel que quiera prestar su colaboración y ayuda a esta plataforma lo puede hacer firmando esta hoja.
Aquí tenéis el primer paso que se ha dado para denunciar estas atrocidades que de manera incontrolada se están dando en nuestro concejo. No es su lucha, es nuestra lucha, no se puede permitir que se juegue de esta manera tan sucia, destrozando municipios enteros, acabando con ríos, destrozando faunas y un largo etc.
Si todavía os queda un poco de cariño por la tierra hay que apoyar a toda esta gente que lo único que hace es luchar por la vida de un concejo que pide a gritos esa lucha.